¿BAJO QUÉ MODALIDADES COMPRA EL ESTADO?

Para solventar sus gastos de funcionamiento, los Organismos del Estado contratan principalmente a través de las modalidades de excepción y compra directa. Cuando el monto de contratación es de cuantía se procede a realizar una Licitación Pública Nacional (LPN), en tanto que para las obras se utiliza principalmente la Licitación Pública Internacional (LPI).


Luego de analizar las diversas modalidades de compra de las Entidades de la Administración Central, el Observatorio del Gasto Público de DENDE logró identificar claramente cuatro (4) principales modalidades: Por excepción, Compras Directas, LPN y LPI.


La normativa vigente en materia de Contrataciones Públicas constituye una norma general para la adquisición de bienes y servicios, aunque también prevé una variedad de modalidades de compras que dependen de la coyuntura, de las características del tipo de bien y/o servicio a adquirir, del organismo financiador, entre otros, por lo que se realizó un análisis con el fin de identificar de qué manera compran las Organismos y Entidades de la Administración Central, y así conocer como se están contratando los bienes y servicios en el Estado.

La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) ha identificado 36 modalidades de contratación, considerando las adquisiciones de determinados Organismos Multilaterales, que han sido utilizados en diferentes ocasiones en el periodo 2010-2022. De entre estas destacan 5 (cinco), que constituyen las maneras de contratar más habituales, y se presentan con mayor detalle en el siguiente gráfico:

Las 5 (cinco) modalidades de contratación citadas precedentemente representan en promedio, para el periodo 2010-2022, el 96,1% de compras de la Administración Central, con una variación marginal del 95% al 97%, dependiendo del año que se evalue.


Del gráfico anterior se destaca que el 75,6% de las compras se concentran en 2 (dos) modalidades, cuyos detalles se describen a continuación:

i) Excepción: Representa el 56,7% de las compras adjudicadas. Las compras por la vía de la excepción, en casi el 90%, son destinadas principalmente a:
a) Bienes1 : Equivalentes al 38% del total adjudicado.

b) Servicios2 : Suman el 49% del total adjudicado.

ii) Contratación directa: Representa el 18,9% de las cantidades adjudicadas.
En las Contrataciones directas se adquieren los mismos bienes y servicios que por la vía de la excepción, con la diferencia de que se han invertido las participaciones. El detalle por rubros es como sigue:
a) Bienes: destinan el 60% de estos procesos para aspectos relacionados con el funcionamiento, tanto en el Poder Ejecutivo (responsable del 74% de la cantidad de adjudicaciones), el Poder Judicial (20%) y el Poder Legislativo (5%).
b) Servicios: En estos rubros se destina en promedio el 36% de las compras directas.

Por otro lado, y a pesar de que gran parte de los procesos licitatorios ocurren mediante la vía de excepción y de las compras directas, esto no se aplica cuando se realiza el análisis sobre la cuantía de las operaciones de compra, dado que considerando los montos adjudicados en las adquisiciones, las mismas se centran en: i) Licitación Pública Nacional o LPN (59,7%); y, ii) Licitación Pública Internacional o LPI (19,4%). Es decir, en estas dos modalidades se cuenta con cerca del 80% de las compras medidas en
función a los montos adjudicados. El detalle se puede apreciar en el siguiente gráfico:

De entre los procesos licitatorios con mayor monto, de los que resalta el Poder Ejecutivo, se presentan los siguientes detalles:

  • i) Licitación Pública Nacional: el 59,7% de las compras,categorizadas por montos son realizadas a través de este tipo de llamado. Este tipo de adquisiciones se destina a:
    a) Bienes: ascienden al 47%
    b) Servicios: equivalen al 17%
    c) Obras: suman el 35%
  • ii) Licitación Pública Internacional: el 19,4% de los montos adjudicados se canalizan por esta modalidad y sus destinos principales son:
    a) Bienes: representan el 3%
    b) Servicios: suman el 1%
    c) Obras: se llevan el 88%; y las,
    d) Consultorías: ascienden al 5% de la LPI.

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